Nueva obligación y renovación del NRA para alquileres turísticos

  • Última actualización el Jueves, 19 Febrero 2026 13:58
  • Escrito por José Francisco Santos

renovación NRA

 

en DE articulo

NUEVA OBLIGACIÓN PARA LOS ALOJAMIENTOS DE CORTA DURACIÓN Y LA RENOVACIÓN DEL NÚMERO DE REGISTRO DE ALQUILER (NRA)

Como es sabido, debido a la reciente reforma del año pasado, es obligatorio solicitar al Registro de la Propiedad la asignación del número de registro de alquiler (NRA) por cada alojamiento de corta duración.

Una vez llegado a este punto, se entendía que como último paso era la renovación del NRA al Registro de la Propiedad de forma anual.

Nada más lejos de la realidad, debido a la Orden VAU/1560/2025, de 22 de diciembre de 2025, el Registro de la Propiedad obliga a que cada propietario o explotador del inmueble informe sobre el número total de huéspedes por cada estancia, la entrada y salida de estos y la finalidad del alojamiento durante el año 2025, como se puede observar en la siguiente imagen:

imagen 75

 

No solo eso, sino que para la comunicación sea de forma electrónica debe hacerse descargándose una aplicación suministrada por el propio Registro de la Propiedad denominada “N2”.

La comunicación y la renovación del NRA debe realizarse anualmente.

También, hay que pagar la tasa de renovación que actualmente es de 32,73 €.

A mayor abundamiento, el plazo para la referida comunicación es desde el 1 de febrero de 2026 hasta el 2 de marzo de 2026.

Si no se cumple con la obligación, uno de los primeros efectos es la retirada del NRA asignado al inmueble, impidiendo su publicación por las plataformas digitales como “booking” o “Airbnb

Siendo que su cumplimiento no es sencillo y las consecuencias de su incumplimiento pueden provocar la diminución directa en los beneficios derivados del alquiler recomendamos que se solicite la prestación de servicios a expertos en la materia.

Si desea tener más información o solicitar nuestra propuesta de servicios puede ponerse en contacto con nosotros y con mucho gusto le atenderemos.

Autor: 

icon santos25b 500pxJosé Francisco Santos
Abogado & Asesor Fiscal, Socio gerente.
info@sspartners.es
Tel: (+34) 951 12 00 69
Facebok LinkedIn Amazon
 
 
 

Esté bien informado! 

Síganos en:

icon facebook

icon instagramicon linkedinicon xicon youtubeicon whatsapp

 

 

 

 

 

 
 
 

 

 

 

icon facebook

  whatsapp(+34)  951 12 13 06

(+34)  951 12 00 69   

Horario de oficina:    

8:30 - 13:00 

(Lunes a Jueves):  

14:00 - 16:00 

info@sspartners.es  

Despacho en Málaga (España

Impuestos a pagar en la compraventa de inmuebles en España

impuestos de la compraventa

Leer más...

Información RETA: Seguridad social para autónomos y socios

RETA cover ES

Leer más...


listaconsulado02 es
partner icamalaga ESpartner aeat espartner pae es  partner aedaf es partner dsjv es


 

Sprache / Idioma:

 

Contacto:

(+34) 951 12 13 06
Plaza de la Marina 2, 6º izqa.
29015 Málaga (Spanien)

info@recht-spanien.com 
Facebook Twitter I Google+

 

Aviso legal  Política de Privacidad  Login  

Copyright: Recht Spanien ©  Marca registrada en España 2018

ssl es

 servereu es

 

 

 

Para mejorar la lectura se evita utilizar todos los pronombres posibles Todas las referencias a un pronombre se entienden hechas a todas las formas y géneros posibles.